jueves, 7 de abril de 2011

Código de Ética Profesional

Artículo 9°: Respeto por los otros

El Psicólogo/a debe respetar elderecho de los otros de tener valores, actitudes, conductas y opiniones que difieran de las propias, y procurar el respeto mutuo en sus relaciones interpersonales.  Por tanto, no debe participar en prácticas que atenten contra la libertad, la integridad física y psíquica de las personas con quienes interactúa profesionalmente......."

Quise hacer referencia a este punto del código de conducta ya que considero que como la psicología es una disciplina cuya práctica nos pone directamente en relación con las personas, es condición, absolutamente imprescindible, que todo acto profesional deba realizarse de forma tal que no lesione la dignidad, la libertad ni la vida de las demás personas ni la propia, ni los derechos que cada presona posee. Por lo tanto, su labor tiene que se sustentada en conocimientos adecuados, válidos y éticos que resguarden tales derechos.

Pero creo que este punto no sólo debe ser aplicado a los Psicólogos, si no que a cada uno de nosotros, a cada una de las personas cómo ética de vida, de interelación con las personas y con el mundo.......RESPETO POR UNO MISMO Y POR LOS DEMÁS..........

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